Por: Miguel
15 de febrero del 2021
En fechas recientes hemos escuchado a través de los medios de comunicación de numerosos casos en donde casas de subastas en el extranjero ponen a remate bienes arqueológicos que, bajo las leyes mexicanas, son patrimonio de nuestro país.
Numerosas trabas burocráticas y legales entran en juego en estos casos. Nuestro marco legal es la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, elaborada en 1972 con la intención de proteger los miles de sitios arqueológicos de México y los millones de objetos muebles que integran el acervo arqueológico, histórico y etnográfico del INAH y el INBAL.
La ley fue un gran avance en su momento, y permitió un mejor control sobre los bienes arqueológicos descubiertos, y por descubrir. Sin embargo, existe un enorme patrimonio arqueológico que ya ha salido del país de manera ilegal, y nuestro país requiere de otros mecanismos que le permitan negociar el retorno de estas obras a nuestro territorio.
Usualmente se ha recurrido a la buena voluntad de las partes involucradas para retirar los objetos de ventas o subastas públicas, pero ésos objetos no necesariamente retornan a México, sino que son condenados al mercado negro.
En la actualidad se está analizando la posibilidad de que México suscriba un nuevo acuerdo internacional que le permitiría generar nuevas herramientas y armas legales que, de acuerdo con el Derecho Internacional, puedan ser más efectivas para nuestra nación.
El Convenio del Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT), se encarga de resolver disputas internacionales que involucran bienes culturales robados o exportados ilícitamente. Data de 1995 y fue suscrito en Roma por un gran número de países.
El acuerdo busca contribuir con eficacia a la lucha contra el tráfico ilícito de los bienes culturales, con un cuerpo mínimo de normas jurídicas comunes con miras a garantizar la restitución y la devolución de estos objetos entre los Estados suscritos.
El Convenio señala, de manera expresa, la obligación de restitución para los poseedores de bienes culturales robados, que se realizará sin importar la existencia de registros o inventarios, lo que permite eliminar la posibilidad de que las piezas sean retenidas.
También prevé la figura compensatoria de “indemnización equitativa”, la cual procede únicamente con la condición de que el poseedor no tuviera conocimiento de que el bien era robado y demuestre haber actuado con la debida diligencia en el momento de su adquisición.
Actualmente el Senado de la República ha aprobado el proyecto de Decreto para integrarnos a este organismo internacional, y es posible que tengamos novedades al respecto durante este 2022. El Profesor Panda te traerá todas las novedades de este tema.